Contratación de mínima cuantía
La ley 1450 de 2011 o plan nacional de desarrollo, en su artículo 274 modificó la lay 1150 de 2007, en el sentido de que incorpora, mediante ley, en los procesos contractuales, el tema de la contratación de mínima cuantía, que anteriormente se había consagrado por la vía de los decretos reglamentarios. La contratación de mínima cuantía se constituye así en una vía de celeridad para el desarrollo de la actividad contractual del Estado.
A continuación transcribo el texto de la mencionada ley:
LEY 1450 DE 2011. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO “PROSPERIDAD PARA TODOS”:
Artículo 274. Contratación mínima cuantía.Adiciónese al artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, el siguiente numeral:
“5) Contratación mínima cuantía. La contratación cuyo valor no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su objeto, se efectuará de conformidad con las siguientes reglas:
a) Se publicará una invitación, por un término no inferior a un día hábil, en la cual se señalará el objeto a contratar, el presupuesto destinado para tal fin, así como las condiciones técnicas exigidas.
b) El término previsto en la invitación para presentar la oferta no podrá ser inferior a un día hábil.
c) La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas.
d) La comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todos los efectos el contrato celebrado, con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal.
Las particularidades del procedimiento previsto en este numeral, así como la posibilidad que tengan las entidades de realizar estas adquisiciones en establecimientos que correspondan a la definición de “gran almacén” señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, se determinarán en el reglamento que para el efecto expida el Gobierno Nacional.
La contratación a que se refiere el presente numeral se realizará exclusivamente con las reglas en él contempladas y en su reglamentación. En particular no se aplicará lo previsto en la Ley 816 de 2003, y en el artículo 12 de la presente ley”.